¿Qué es una orden final de deportación? (y qué puede hacer después)

Escuchar el término orden final de deportación puede sentirse como el fin del camino. Pero en la ley de inmigración, “final” no siempre significa que lo van a deportar de inmediato. Una orden final de remoción es el punto en el que el gobierno de los Estados Unidos tiene la autoridad legal para intentar deportarlo, pero todavía puede haber pasos importantes que usted puede tomar.

Una orden de deportación se vuelve “final” en distintos momentos, dependiendo de si apeló, renunció a la apelación, no asistió a su audiencia o no cumplió con una salida voluntaria. Aun así, la ejecución puede retrasarse mediante apelaciones o suspensiones de deportación (stays of removal).

En Law Group International, ayudamos a inmigrantes y a sus familias a entender exactamente en qué punto se encuentra su caso y qué opciones aún existen. Si usted o un ser querido recibió una orden de remoción, contáctenos hoy para una revisión confidencial de su caso.

Qué significa “final” según las reglas

Bajo 8 CFR § 1241.1, hay seis maneras principales en que una orden de deportación se convierte en final:

  1. La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) rechaza su apelación.
  2. Usted renuncia a la apelación en la corte.
  3. Pasa el plazo de 30 días sin que usted apele.
  4. El caso se certifica ante la BIA o el Fiscal General y se decide allí.
  5. Una orden en ausencia (in-absentia) es final de inmediato.
  6. Una orden de remoción alterna vinculada a salida voluntaria se vuelve final si usted se queda más tiempo del permitido o no paga la fianza de salida voluntaria en 5 días hábiles.

¿Cuándo es final mi orden?

Resultado del caso Cuándo se vuelve final
IJ negó alivio + usted reservó apelación No es final hasta que la BIA decida (o si no apela dentro de 30 días).
IJ negó alivio + usted renunció a apelar en corte Final ese mismo día.
IJ emitió orden en ausencia Final de inmediato.
Salida voluntaria con orden alterna Final si se queda más tiempo o no paga la fianza.

Lea la regulación completa aquí (8 CFR § 1241.1).

El reloj de la apelación de 30 días

Si el juez de inmigración niega su caso, usted generalmente tiene 30 días calendario para presentar una apelación ante la BIA usando el Formulario EOIR-26. La BIA debe recibir su apelación dentro de ese tiempo, enviarla por correo el día 30 no es suficiente. Si la fecha límite cae en fin de semana o día feriado, se traslada al siguiente día hábil.

Obtenga más información sobre el proceso de apelaciones ante la BIA aquí.

Qué pasa después de que su orden es final (ICE, detención y plazos)

Cuando su orden es final, comienza el período de remoción de 90 días. Durante este tiempo:

  • ICE puede detenerlo. La detención es obligatoria durante los primeros 90 días si ya está bajo custodia.
  • ICE/ERO puede solicitar documentos de viaje y programar la deportación.
  • Si no lo deportan dentro de los 90 días, puede quedar bajo supervisión con presentaciones periódicas.

Vea la guía de ICE sobre deportaciones.

Opciones incluso después de una orden final (actúe rápido)

Incluso con una orden final, aún puede tener opciones legales:

  • Apelación (si queda tiempo): Presente el EOIR-26 dentro de los 30 días. Considere pedir una suspensión de deportación si la remoción es inminente.
  • Mociones para reabrir o reconsiderar: Estas no detienen automáticamente su deportación; generalmente necesita pedir una suspensión aparte a la BIA o a una corte federal. Vea la guía del American Immigration Council sobre suspensiones.
  • Suspensión administrativa con ICE (Formulario I-246): Una opción discrecional que se presenta directamente con ICE. Descargue el formulario aquí.
  • Suspensiones automáticas: Existen solo en situaciones limitadas bajo las reglas de EOIR—no asuma que aplican a su caso.

Cómo verificar si su orden es final

Puede revisar el estatus de su caso:

  • En línea a través de ACIS de EOIR
  • Por teléfono al 1-800-898-7180 (ingrese su número A)

Pero recuerde: los documentos oficiales de la corte son los que mandan. ACIS es solo una herramienta de conveniencia y puede no estar actualizado. Siempre mantenga su dirección al día con el Formulario EOIR-33 para no perder avisos importantes.

Consecuencias de una orden final

Con una orden final:

  • El gobierno tiene autoridad para deportarlo.
  • Puede ser detenido durante el período de remoción.
  • Si no lo deportan de inmediato, puede quedar bajo supervisión.
  • Los castigos de reingreso varían, pero muchas veces incluyen una prohibición de 10 años para regresar a EE. UU.

Vea más detalles en el Legal Information Institute.

Preguntas frecuentes – Órdenes finales de deportación

¿Una orden final significa que ya estoy deportado?
No. Significa que el gobierno tiene la autoridad de deportarlo, pero la remoción puede retrasarse.

Si apelo el día 29, ¿estoy protegido?
No automáticamente. Es posible que también necesite pedir una suspensión de deportación.

Me perdí la audiencia y recibí una orden en ausencia, ¿qué hago?
Puede presentar una moción para reabrir si hubo falta de notificación o circunstancias excepcionales. Pida una suspensión para evitar la deportación mientras se decide su moción.

¿Qué pasa si tuve salida voluntaria?
Si se queda más tiempo o no paga la fianza de salida voluntaria, su orden alterna de deportación se vuelve final.

Obtenga ayuda hoy

Si tiene una orden de deportación, no espere, sus plazos y opciones pueden estarse acabando. En Law Group International ofrecemos:

  • Revisión gratuita de 15 minutos de su orden
  • Confirmación de si su orden es final
  • Estrategias de apelación y mociones
  • Solicitudes urgentes de suspensión de deportación

Visite nuestra Página sobre el Servicio de Defensa Contra la Deportación o llame a nuestra oficina en Alexandria hoy mismo para proteger sus derechos y luchar por su futuro en EE. UU.

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